¿Cuál es la función de los observadores electorales?

Los observadores electorales son ciudadanos mexicanos que cuentan con la facultad de la ley y del Instituto Nacional Electoral (INE) para observar los actos de planeación y desarrollo del proceso electoral y de la misma jornada electoral.
Lo que lo vuelve más interesante es que todas las personas en goce de sus derechos civiles y políticos que se muestren interesadas en fungir como observadores electorales podrán acreditarse, pero ¿Cómo conseguirlo?
Te podría interesar: ¿Cómo importar PDF a un kindle?
Cómo acreditarse para ser observador electoral

Redactar un escrito donde se solicite la acreditación.
Acudir a los cursos de preparación e información que imparte el Instituto Nacional Electoral y los organismos públicos locales que forman parte del programa.
No ser miembro de organizaciones o partidos políticos, ni candidatos en posición de elección popular en los últimos tres años.
Finalmente, presenta personalmente tu solicitud a través de la organización a la que pertenezcas o ante el presidente del consejo local o distrital correspondiente.
El fungir como observador electoral aplica para todo el territorio de la República Mexicana, teniendo la oportunidad de solicitar cualquier información ante la junta local correspondiente.

Como observador electoral podrás observar e involucrarte en las siguientes acciones

Instalación de casilla
Desarrollo de la votación
Escrutinio y cómputo de la votación en la casilla
Fijación de resultados de la votación en el exterior de la casilla

En caso de que los observadores electorales hagan un uso indebido de su acreditación y sus actividades no se ajusten a lo marcado en la Ley Electoral o al acuerdo del Consejo General, serán merecedores a una sanción como lo es:

Amonestación pública
Multa de hasta 20 UMAS
Cancelación inmediata de la acreditación y no volver a participar en próximas jornadas

Te podría interesar: En el Día Mundial contra la Cibercensura, RSF destaca “Collateral Freedom”
Por otro lado, los observadores tendrán como obligación presentar ante la Coordinación de Asuntos Internacionales o los órganos delegacionales, un informe acerca del origen, monto y aplicación del financiamiento obtenido para sus actividades a 30 días después de la jornada.
Este informe debe cumplir con ciertos detalles como:

Deberá estar firmado por la persona representante legal de la organización de observadores electorales.
Reportar y registrar contablemente los ingresos recibidos en efectivo y especie.
Registrar los egresos y mantenerlos en formato digital para que cumpla con las disposiciones fiscales.
Formular estados financieros y levanta un inventario de existencias.
Entregar a la Unidad Técnica de Fiscalización, la documentación impresa y en medio magnético.

Lo que no puede hacer un observador electoral

Obstaculizar o intervenir en las actividades electorales
Realizar proselitismo de cualquier tipo
Externar cualquier expresión de ofensa, difamación o calumnia
Declarar el triunfo de cualquier partido político o candidatura participante

OD

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *