El asesinato de la Constitución
Las etapas definitorias en la organización política de la vida del país han sido marcadas por sendas constituciones; ellas se erigieron en verdaderos parteaguas en la narrativa de nuestra historia contemporánea, la de 1824, de 1857 y la actual de 1917; antes de ellas la Constitución de Apatzingán delineó la aspiración republicana y de carácter social que animó el movimiento de Independencia y que postuló el futuro de la nación.
Existe un correlato entre ellas, de modo que la Constitución de 1917 recupera los planteamientos esenciales y definiciones de las precedentes y, de hecho, se formuló sobre la base articulada de su antecesora de 1857; puede decirse que el asidero constitucional ha brindado fuerza y legitimidad al Estado y también ha marcado sus límites y necesidades de actualización.
Ha sido consistente la aspiración de conformar una república representativa, federal, democrática y laica, tal y como lo establece el artículo 40 de la carta magna y que, desde luego, se inscribe atenta a lo mencionado en el artículo 16 de la Declaración de los Derechos del Hombre de 1789, el cual ha pergeñado la cultura del constitucionalismo en el mundo y donde se señala que “Toda sociedad en la que no está asegurada la garantía de los derechos ni la separación de los poderes no tiene constitución”.
Así, hablar del aniversario de la Constitución mexicana refiere necesariamente la relación que se ha construido entre el Estado y la sociedad; entre el poder y el pueblo, que implica necesariamente la forma de gobernarnos y de integrar los poderes constitutivos de nuestra organización política para garantizar los derechos humanos y lograr el desarrollo nacional dentro del régimen republicano.
Constitución como expresión del arreglo que nos hemos dado para ordenar nuestra convivencia en el devenir de nación soberana, libre e independiente que interactúa con otros países y se inserta en el impulso que ha tenido el constitucionalismo en el mundo, especialmente en el marco de las duras experiencias que tuvieron lugar hacia los finales de la Segunda Guerra Mundial con la brutal explosión del fascismo y de sus dramáticos excesos, con el sorprendente hecho de que dio lugar a un sistema político que pudo instaurarse en Italia y en Alemania en el marco de regímenes democráticos.
El impacto del fascismo y del nazismo fueron telúricos, pues conmocionaron la presunción de la solides democrática como expresión inmutable del sentir popular, al tiempo de mostrar su vulnerabilidad ante los efectos de los liderazgos carismáticos, de los movimientos de masas y de la seducción que produjeron hacia la sociedad, así como del impacto de la publicidad y la propaganda como medios alineadores, a través de técnicas específicas, del uso de la fuerza y de los medios masivos de comunicación, la radio y la prensa.
Seguir aquí a un gran pensador de este fenómeno, Luigi Ferrajoli, resulta de gran utilidad, con él se asume que la democracia ha tomado nueva conciencia de sí misma a través de la negación del fascismo y de lo que éste rechazó -el valor de la paz, la división de poderes, especialmente el papel de las constituciones como garantía de la división de poderes y de los derechos fundamentales, para lo cual se hizo necesario el carácter rígido de la constitución, que implica la sujeción al derecho de todos los poderes, incluso el poder legislativo, en el plano del derecho interno y también del derecho internacional-. Nos dice Ferrajoli “¿Qué significa en realidad la rigidez de las constituciones? Significa el reconocimiento de que las constituciones son normas supraordenadas a la legislación ordinaria, a través de la previsión, por un lado, de procedimientos especiales para su reforma y, por otro, de la institución de control constitucional de las leyes por parte de tribunales constitucionales…”
Ahora bien, en la etapa actual es difícil que se tengan expresiones abiertas a favor de apoyar a los regímenes fascistas, sin embargo se vive una clara expansión que promueve distintos modelos autoritarios y de cobertura populista que, de alguna manera, son émulos de aquellos, pues retoman algunos de sus paradigmas como lo es incubar sistemas dictatoriales dentro de las estructuras democráticas.
El debate sobre este asunto toca filones complejos, pero un elemento decisorio en cuanto al relajamiento del régimen democrático y de la propensión a caer en desvaríos autoritarios se encuentra en el rechazo a la rigidez o garantismo constitucional y, en cambio, la proclividad para generar un proceso de concentración del poder que, obviamente, atenta contra la división de los poderes.
Dentro de ese tono se ubica la disminución o eliminación de los controles constitucionales, lo que conlleva a convertir a la propia Constitución en un cuerpo poroso que diligentemente se amolda a las necesidades y conveniencia del poder concentrado; se reconvierte así el papel que éstas tienen; dejan de ser garantía de derechos y se tornan en instrumentos legitimadores de los abusos del poder.
Inevitable advertir que, en México, tal cosa ocurre en tanto la división de los poderes ha sido vulnerada por la cooptación que ha hecho el ejecutivo respecto del legislativo y el judicial; el primero sometido a través de la instauración de una super mayoría del partido en el gobierno que no se corresponde con los votos emitidos por la ciudadanía y que convirtió a la Cámara de Diputados en un órgano que trastocó su integración en la expresión casi exclusiva del partido en el poder y de sus aliados, mientras integró a senadores que no le correspondían a través de métodos de carácter gansteril.
Con una votación del 54% fue posible que el partido en el poder y sus aliados alcanzaran una representación en la Cámara de Diputados del 73%, mientras la oposición con un porcentaje del 46% de los sufragios alcanzó una presencia del 27% en ese órgano legislativo.
Lo que sucedió con el poder judicial no es menos ominoso, pues inscrito en una línea de renovación a través del voto popular conforme a los intereses e inclinaciones del gobierno, dentro de un ejercicio marcado por el desaseo, la manipulación y la simulación, además con la complacencia de las instancias que debieron calificar y ordenar el proceso electivo se cambió la naturaleza de este poder para politizarlo y someterlo a la línea de dominio establecido por el gobierno en cuanto poder ejecutivo.
A ello se sumó la determinación de eliminar órganos autónomos que implicaban un contrapeso al poder ejecutivo. Para colmo, se agregó la vulneración del control constitucional por parte del poder judicial mediante la consideración que las reformas aprobadas a la Constitución a través de la mayoría calificada en ambas cámaras del Congreso y respaldadas por la mayoría de las legislaturas locales, no son objeto de revisión o de control por parte del poder judicial.
En efecto, la Constitución ha sido asesinada; se mantiene como símbolo de un proyecto democrático que fue cancelado a base de invertir la ecuación respecto de controlar al poder, para hacer que el poder sea quien ejerza el control dentro de una ficción democrática. En esta lógica, pronto se conocerá la propuesta de reforma electoral que impulsará el gobierno, pero los antecedentes que acompañan el proceso de reformas constitucionales hasta ahora aprobadas por el oficialismo, y la propia electoral que se intentó aprobar recientemente, no permiten albergar grandes expectativas.
Una y otra vez el gobierno ha dado muestras de su carácter indómito y de su vena despótico-autoritaria. La Constitución ha sido asesinada.