Con cambios, Pleno de San Lázaro aprobó Ley de Ingresos 2024

Con cambios a los artículos 21, 22 y la adición a un artículo 26 transitorio, este madrugada el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen de la Ley de Ingresos 2024.

Al presentar las modificaciones al artículo 21, el diputado Carol Antonio Altamirano (Morena) indicó que esta reforma plantea que durante el ejercicio fiscal de 2024 la tasa de retención anual al ahorro por el Impuesto Sobre la Renta quede en 0.50% y no del 1.48% como se proponía la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), aún así, la tasa aumentó pues se ubica en 0.15%.

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También se modificó la metodología para calcular dicha tasa y determinar un periodo comprendido de agosto de 2020 a julio de 2023, y no de noviembre de 2022 a julio de 2023 como lo establecía el dictamen.

El morenista, quien forma parte del llamado bloque marcelista en la bancada de Morena, explicó que con este cambio se busca evitar un golpe a la economía de miles de ahorradores y mejorar las finanzas públicas a favor de la población.

La disminución en la tasa impositiva, sostuvo, representa un beneficio tangible para la gente y un avance respecto del proyecto inicial.

Otra reserva aprobada fue la presentada por la diputada Lilia Aguiar Gil (PT), que planteó cambiar el artículo 22, a fin de reducir de 40 a 30% el pago de derecho por la utilidad compartida, en sustitución de la tasa prevista en el artículo 39 de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.

La diputada indicó que ello significa quitar carga a Petróleos Mexicanos para que pueda reinvertir y crecer la capacidad energética del país.

“Permitiría fortalecer a Pemex en su posición financiera, que exista un mejor perfil de su deuda, estabilizar la caída de la producción observada en años previos, mejorar las perspectivas de producción futura y que haya mayor producción y mayores ingresos a la actividad petrolera”, dijo.

La reducción de este derecho, enfatizó, no es un costo, será una inversión que genere rendimientos positivos a Pemex.

Finalmente se aprobó la adición de un artículo Vigésimo Sexto Transitorio para establecer que las operaciones de transferencia de bienes, derechos y obligaciones que realicen las empresas productivas del Estado no constituyan una enajenación para efectos fiscales.

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Ello, por tratarse de una redistribución interna de carácter administrativo que forma parte integral del proceso de creación y organización de dichas empresas y que debe mantener los mismos efectos legales otorgados a la asignación original de dichos activos.

Al presentar la propuesta el diputado Jorge Luis Llaven Abarca (PVEM) dijo que evitar que la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y sus empresas productivas subsidiarias paguen un dividendo estatal a favor del Gobierno Federal, robustece su capital e incrementa su capacidad para cubrir sus compromisos e inversiones en proyectos productivos de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica, “lo que contribuye a la consolidación de la rectoría estatal en dicho sector”.

 

 

 

 

 

 

KA

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