La gran pregunta por fin resuelta: ¿me puedo quedar con una casa si llevo mucho rentándola?

El enmallar un terreno ajeno tampoco te hace propietario

Barrio del Agandalle.- Una de las grandes preguntas de la sociedad en general es si después de mucho tiempo de rentar una casa te puedes convertir en el legítimo propietario, duda que hoy te responderemos aquí en El Deforma.

Y es que los abogados que nos leen no nos dejarán mentir, pero si hay una pregunta que constantemente les hacen (además de si pueden demandar a su pareja por haber durado muchos años con ella y al final no haberse casado) es justo del arrendamiento que lo intentan convertir en una prescripción positiva.

La casa de tus sueños no es ni será la casa que rentas

Esta duda es provocada por la creciente dificultad de tener una propiedad, cosa que cada día es más difícil y que para nada es como antes cuando los boomers heredaban o bien, el enganche para una casa era el equivalente al costo de 2 kilos de fresas.

Esa situación ha hecho que millones de personas tengan que rentar un lugar para vivir mientras sueñan justamente con eso: con pensar si esas rentas devenidas algún día se convertirán en inversión para hacerse de la casa que están arrendando.

@moy_sz ¿Me puedo quedar con la casa que llevó rentando por 10 años? Si el dueño/a ya falleció o porque no me han hecho firmar un nuevo contrato. #derecho ♬ Lazy Sunday – Official Sound Studio

Y bueno, pues la respuesta rápida a ese mito urbano extendido es NO, no puedes hacerte de una propiedad que estás rentando, ya que así lo establece tanto los Códigos Civiles del país como los Códigos de procedimientos que se las olían que habría gente creyendo esa patraña.

Pero, ¿por qué se difundió semejante mentira? Principalmente porque en muchos casos, los contratos de arrendamiento se vencen y al no haber una renovación, la gente cree las rentas son como “pagos” por la casa, cuando en realidad lo que establece la ley es que un contrato vencido (o la ausencia de éste) no otorga derechos al inquilino más allá de los de uso y habitación del inmueble, pero nunca como propietario para disponer del bien.

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