Aprueban Senado reformas que regulan proceso de impugnación durante elecciones de juzgadores

Con 75 a favor y 37 en contra, el Senado de la República aprobó las reformas a la Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral que regulan el proceso de impugnación durante las elecciones de los juzgadores del Poder Judicial.

El dictamen aprobado establece que el Juicio Electoral será procedente para impugnar los actos y resoluciones que restrinjan el derecho a ser votadas de las personas candidatas a ministras, magistradas o juezas del Poder Judicial de la Federación en el proceso electoral respectivo.

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Además, sólo podrán promover Juicio Electoral las personas que acrediten su interés jurídico como candidatas a ministras, magistradas o juezas del Poder Judicial de la Federación.

Establece que “cuando se impugne la elección de personas ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, magistradas de la Sala Superior y del Tribunal de Disciplina Judicial, deberá promoverse a más tardar dentro de los cuatro días posteriores a que el Consejo General del Instituto realice la declaratoria de resultados correspondiente”.

Además, serán las Salas del Tribunal Electoral, en sus respectivas jurisdicciones, serán competentes para conocer de este recurso. “Tratándose de asuntos vinculados con la elección de personas magistradas de las Salas Regionales del Tribunal Electoral, será competente la Sala Superior”.

En los casos de asuntos vinculados con la elección de personas magistradas de la Sala Superior, será competente el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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