Antonino Morales impulsa reforma a la Ley del ISSSTE para eliminar plazo mínimo en pensiones por concubinato

El senador Antonino Morales Toledo dio a conocer que la próxima semana presentará una iniciativa de reforma a la Ley del ISSSTE con el objetivo de armonizarla con los criterios emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y con lo establecido en la Constitución.

La propuesta busca eliminar los plazos mínimos de convivencia que actualmente se exigen para que concubinas o concubinarios puedan acceder a pensión por fallecimiento y a servicios de seguridad social, requisitos que hoy van de dos a cinco años.

Antonino Morales busca garantizar igualdad y protección amplia de la familia

De acuerdo con el senador de Morena, los cambios contemplan modificaciones a los artículos 41 y 131 de la Ley del ISSSTE, con el fin de sustituir el criterio cuantitativo basado en el tiempo de convivencia por un criterio cualitativo centrado en la acreditación real del vínculo familiar.

Morales detalló que la intención es que las familias en concubinato no queden excluidas por no cumplir un umbral temporal rígido. Si bien se mantendrá la obligación de demostrar la existencia de la relación, se eliminará la barrera automática que impedía acceder a derechos cuando no se alcanzaban los cinco años de convivencia.

La iniciativa se alinea con las reformas anunciadas por la presidenta Claudia Sheinbaum sobre el ISSSTE, entre ellas la eliminación de las llamadas “pensiones doradas”, señalando que los ajustes no afectarán las finanzas del instituto y permitirán adecuar su funcionamiento a los principios constitucionales de igualdad, no discriminación, protección amplia de la familia y progresividad de los derechos humanos.

“Estamos buscando que las familias efectivamente constituidas en concubinato no queden excluidas por el simple incumplimiento de un umbral temporal predeterminado. La iniciativa sustituye un criterio meramente cuantitativo, basado en el transcurso del tiempo, por un criterio cualitativo centrado en la realidad acreditada del vínculo familiar”

Antonino Morales, senador

Actualmente, la Ley del ISSSTE condiciona el acceso a pensión por viudez en casos de concubinato a que la pareja haya convivido durante los cinco años previos al fallecimiento o que existan hijas o hijos de por medio. Este requisito, señaló Morales, puede dejar sin protección a parejas que formaron una relación estable y pública, pero que no alcanzaron el plazo establecido.

La Suprema Corte determinó que exigir un periodo fijo de cinco años resulta desproporcionado y contrario al derecho a la igualdad y a la protección de la familia.

Con la reforma, el reconocimiento del concubinato se basaría en una valoración integral de las circunstancias del caso, sin imponer un plazo mínimo rígido, y en caso de controversia, el Instituto deberá resolver con apego a los principios de legalidad, objetividad e igualdad.

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *