El albazo de doña Mónica Soto y del Tribunal Electoral

Ignorante de lo que dice el articulado de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos e ignorante (también) de las atribuciones legales que tiene el órgano que preside, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), la señora Mónica Aralí Soto Fregoso dispuso que, ayer lunes, se realizara una sesión privada, virtual y exprés para que la Sala Superior aprobara por tres votos a dos una aberración jurídica: “Ordenarle” al Senado que sustituya al Comité de Evaluación del Poder Judicial y así elegir a los aspirantes de la elección judicial en una tómbola, saltándose la etapa de idoneidad y sin importar que los mejores perfiles vayan a la boleta.

Vaya, vaya, vaya… la trifecta obradorista (doña Mónica y sus dos cuates, los Felipes, Fuentes y De la Mata) pasándose por el arco del triunfo nuestra Carta Magna sólo para quedar bien con Palenque. ¡Pedazo de árbitro electoral que nos tocó a los mexicanos!

Con esta ocurrencia, estos nuevos dueños del TEPJF le entregan en bandeja de plata al Poder Legislativo la atribución de elegir las dos terceras partes de los candidatos y, al mismo tiempo, sacan de la jugada al Poder Judicial y lo nulifican para poder seleccionar a sus aspirantes de cara al proceso electoral del próximo 1 de julio.

Y el argumento de doña Mónica es tan pueril como abyecto: como ya no hay tiempo para que el Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación concluya su proceso de selección (agendado para el viernes 31 de enero) consideró que es válido que la Mesa Directiva del Senado de la República implemente medidas para establecer este procedimiento de insaculación pública (tómbola) al que aplicarán las personas que llegaron al “listado depurado” del comité de evaluación. Un completo desaseo.

Con la ley de su lado, el Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación (CEPJF) sólo hizo lo correcto: el pasado 7 de enero frenó su proceso de selección de candidatos en cumplimiento a la suspensión concedida por el juez de distrito en Michoacán, quien le indicó que, de no cumplir con esta suspensión, podría ser multado y consignado por desacato a un mandato judicial, pero la Sala Superior del TEPJF dio la contraorden de reanudar el proceso en un plazo de 24 horas, so pena de recibir una medida de apremio.

Sin embargo los jueces de amparo sostienen que el TEPJF no tiene facultades para revocar amparos, pero doña Mónica y los dos Felipes consideran que ellos son la única autoridad competente respecto a la elección de jueces, por lo que las resoluciones de los jueces de amparo no tienen efecto. En resumen, les importa un pepino lo que digan los  artículos 94 y 99 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La intención es clara: anular por todos los medios (legales o no) que el Poder Judicial pueda ser parte en la elección que tiene como objetivo renovarlo… o, mejor dicho, extinguirlo. Y con un árbitro electoral cooptado y sumiso esa misión se facilita.

Así las cosas, en los próximos días quedará oficialmente definido que la elección judicial presentará 33.3 por ciento de aspirantes propuestos por el Poder Ejecutivo, 66.6 por ciento de candidatos palomeados por el Poder Legislativo y 0.00 por ciento de postulantes del Poder Judicial.

De todos modos Juan se llaman…

 

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