La postura de ASPA sobre VivaAerobus

En días recientes tuve comunicación con la Asociación Sindical de Pilotos de Aviación de México (ASPA), precisamente para hablar de su postura acerca del arrendamiento húmedo (wet leasing) de la aerolínea de bajo costo VivaAerobus. Recordarán que hace unos días esta columna se refirió a los posicionamientos de algunos actores, ASPA entre ellos, ante el anuncio de esto.

ASPA tiene 65 años siendo un sindicato gremial e independiente, esto es, solamente afilian y representan pilotos aviadores. La lucha que ha dado a lo largo de la historia por los derechos laborales de los pilotos no es un asunto menor, es por ello que en ese espíritu quieren dejar clara cuál es su postura.

Para mayor comprensión del tema, recordemos la historia reciente; y es que la fabricante de motores Pratt & Whitney fue obligada a retirar más de mil motores PW1100G-JM de la familia de aviones de la fabricante francesa Airbus: los A320neo, ya que la Agencia Federal de Aviación (FAA por sus siglas en inglés) emitió un mandato para su inspección inmediata.

Por supuesto las consecuencias a diferentes líneas aéreas a nivel global se han hecho presentes, en algunos casos con mayor gravedad que en otros; como la caída de acciones de la línea de bajo costo IndiGo de la India, o como lo sucedido en nuestro país con la aerolínea Volaris, que comanda Enrique Beltranena, y el despido de más de 200 trabajadores que llevó a cabo por este motivo, tras poner en tierra 16 de sus aeronaves.

Y mientras se espera la revisión de motores para verificar que no tengan grietas microscópicas, y que sean seguros para operar, cada empresa de aviación que tiene equipos con este modelo de motor ha tenido que sortear la situación, y echar mano de toda la creatividad posible.

Ya vimos que, en Volaris, la salida encontrada fue despedir a más de 200 trabajadores, entre pilotos, sobrecargos y personal de tierra. En el caso de VivaAerobus, la otra línea de bajo costo de nuestro país, a cargo de Juan Carlos Zuazua, decidió buscar otra alternativa: en lugar de seguir los pasos de su competencia, tomó la determinación de rentar aviones, con la finalidad de cumplir con todas sus operaciones planeadas y mantener las fuentes de empleo de su compañía.

La polémica aparece no porque una aerolínea decida rentar más aviones, sino el tipo de renta. A lo largo de mis columnas les he comentado que la aviación no tiene un modelo monolítico, sino que tiene muchas formas distintas de operar, y ahora me referiré a dos tipos de arrendamiento.

Las aerolíneas ya no compran aviones, sino que los rentan, y se pueden hacerlo en seco (“dry lease”), que se refiere solamente al uso del avión, o el arrendamiento húmedo (“wet lease”), en el que se renta del equipo, con todo y tripulación.

En términos más jocosos, la renta que realizó VivaAerobus fue en “Ponchipaquete” (¿se acuerdan del mítico Viajes Ponchito?), esto es, renta húmeda con todo y tripulantes extranjeros, pues la arrendadora es extranjera. Hoy quiero exponerles la postura de ASPA de México al respecto.

Para ASPA, la renta que lleva a cabo VivaAerobus es similar al tema del cabotaje, tema del que se estuvo hablando mucho en febrero y marzo pasados, por las graves consecuencias que acarrearía en caso de que se aprobara el cabotaje en la Ley de Aviación Civil.

El chiste es que, entre los muchos actores, la voz de los pilotos de ASPA se hizo escuchar sonoramente, dejando muy claro que sería fatal para la aviación nacional permitir el cabotaje. El tema terminó quedando fuera de las reformas hechas a la Ley de Aviación Civil.

Pues bien, en este caso de arrendamiento húmedo, ASPA ve un peligro similar por el hecho de permitir que aviones y tripulaciones extranjeras presten sus servicios bajo un concesionario mexicano. El sustento jurídico que esgrime esta asociación sindical es que se está violando el artículo 32 de la Constitución:

“La Ley regulará el ejercicio de los derechos que la legislación mexicana otorga a los mexicanos que posean otra nacionalidad y establecerá normas para evitar conflictos por doble nacionalidad.

El ejercicio de los cargos y funciones para los cuales, por disposición de la presente Constitución, se requiera ser mexicano por nacimiento, se reserva a quienes tengan esa calidad y no adquieran otra nacionalidad […]

Esta misma calidad será indispensable en capitanes, pilotos, patrones, maquinistas, mecánicos y, de una manera general, para todo el personal que tripule cualquier embarcación o aeronave que se ampare con la bandera o insignia mercante mexicana. […]”

Artículo 32

También consideran que se viola el artículo 40 de la Ley de Aviación Civil:

“Toda aeronave deberá contar con un comandante o piloto al mando, quien será la máxima autoridad a bordo y el responsable de su operación y dirección y de mantener el orden y la seguridad de la aeronave, de los tripulantes, pasajeros, equipaje, carga y correo.

El comandante de las aeronaves de servicio al público deberá ser mexicano por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad y estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos. (Párrafo reformado DOF 23-01-1998)

El comandante de la aeronave será designado por el concesionario o permisionario y, en el caso del servicio de transporte aéreo privado no comercial, por el propietario o poseedor de la aeronave; para suplir la ausencia o incapacidad del comandante de la aeronave durante el vuelo, se seguirá el orden jerárquico de designación de la tripulación hecha por aquéllos

En casos de emergencia o por razones de seguridad, el comandante o el piloto que lo sustituya, actuará en nombre de quien lo designó y tomará las decisiones pertinentes.

Toda persona a bordo está obligada a acatar las instrucciones del comandante para la seguridad y operación de la aeronave.

El comandante registrará en el libro de bitácora los hechos que puedan tener consecuencias legales, ocurridos durante el vuelo, y los pondrá en conocimiento de las autoridades competentes del primer lugar de aterrizaje en el territorio nacional, o de las autoridades competentes y del cónsul mexicano, si el aterrizaje se realiza en el extranjero.”

Artículo 40 de la Ley de Aviación Civil

Para ASPA este es el punto medular, pues la máxima autoridad a bordo de una aeronave es el capitán, y esto significaría estar supeditado a que un extranjero esté por encima de los mexicanos, violentado con ello la soberanía aérea. Pero eso no es todo, en caso de un accidente o incidente ¿Quién respondería, Viva o la arrendadora extranjera?

Su preocupación, explican, es que la Agencia Federal de Aviación Civil no tenga claras sus propias reglas, pues también se estarían violentando la Circular Obligatoria AV-8 73/20 “Que establece los procedimientos para la búsqueda y salvamento de aeronaves en peligro extraviadas o accidentadas”.

La postura de ASPA versa en tres grandes temas, la nacionalidad de los pilotos; los tratados internacionales y el Convenio de Chicago “Convenio sobre Aviación Civil Internacional (1944)”; por último, las condiciones laborales de trabajo. Los aviones que rentó la empresa VivaAerobus proceden de Malta, país con el que no se tiene convenio bilateral.

ASPA asegura que no tienen nada en contra de VivaAerobus, y que lo que están buscando es impedir la contratación de pilotos extranjeros en detrimento de nuestros connacionales. Es por eso que ellos sugieren que la administración de Juan Carlos Zuazua busque un arrendamiento seco, para no discriminar a las tripulaciones mexicanas.

ASPA destaca que siempre ha buscado la mejora de las condiciones laborales de los pilotos aviadores del país, y la mejora de las plazas. Por ello les parece importante hablar del tema de la temporalidad, pues el wet lease no es por un par de meses, sino que está pensado hasta el 2025.

En caso de que Volaris decidiera “imitar” el modelo, podría traer a sus pilotos de Costa Rica o de El Salvador, usando el mismo pretexto que Viva: la falla de los motores Pratt & Whitney.

El sindicato de pilotos ASPA busca ser muy claro en su planteamiento y en su queja sobre lo que está sucediendo, ellos consideran que la AFAC no está entendiendo del todo su papel dentro de esta historia; consideran “delicado y grave” que al darles el Certificado de Explotador Aéreo (AOC), se esté permitiendo que los extranjeros puedan volar en nuestro país bajo una concesión otorgada a mexicanos.

Estaremos muy al pendiente de cómo se va desarrollando toda esta polémica entre VivaAerobus, la AFAC, el Colegio de Pilotos y en este caso ASPA.

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